Exilio
21 marzo 2019Resistiendo a la violencia medio ambiental contra las mujeres
21 marzo 2019Con un pensamiento especial para Hilda Legideño
“Mamá, si desaparezco, ¿adónde voy?
No lo sé, hijo.
Solo sé que si desaparecieras te buscaría entre la tierra y debajo de ella.
Tocaría en cada puerta de cada casa.
Preguntaría a todas y a cada una de las personas que encontrara en mi camino.
Exigiría, todos y cada uno de los días, a cada instancia obligada a buscarte que lo hiciera hasta encontrarte.
Y querría, hijo, que no tuvieras miedo, porque te estoy buscando.
Y si no me escucharan, hijo;
la voz se me haría fuerte y gritaría tu nombre por las calles.
Rompería vidrios y tiraría puertas para buscarte.
Incendiaría edificios para que todos supieran cuánto te quiero y cuánto quiero que regreses.
Pintaría muros con tu nombre y no querría que nadie te olvidara.
Buscaría a otros y a otras que también buscan a sus hijos para que juntos te encontráramos a ti y a ellos.
Y querría, hijo, que no tuvieras miedo, porque muchos te buscamos.
Si no desaparecieras, hijo, como así deseo y quiero.
Gritaría los nombres de todos aquellos que sí han desaparecido.
Escribiría sus nombres en los muros.
Abrazaría en la distancia y en la cercanía a todos aquellos padres y madres; hermanas y hermanos que buscan a sus desaparecidos.
Caminaría del brazo de ellos por las calles.
Y no permitiría que sus nombres fueran olvidados.
Y querría, hijo, que todos ellos no tuvieran miedo, porque todos los buscamos.»
Marcela Ibarra Mateos (La Jornada de Oriente, 22 de octubre del 2014).
El proceso de desaparición forzada consiste en la aprehensión ya sea por arresto, detención o secuestro de una persona, realizada por agentes del Estado o en complicidad con ellos, su posterior retención arbitraria (lo que quiere decir que en el caso de que sea efectuada directamente por agentes del Estado, no respeten los procedimientos formales jurídicos que rigen las leyes del país), la negación de la retención ilegal y finalmente su desaparición [1]. Rafael Videla, presidente de Argentina por golpe de Estado (1976-1981) y el cual es considerado un dictador, decía con respecto a los detenidos-desaparecidos: “Frente al desaparecido, en tanto esté como tal, es una incógnita el desaparecido. Si el hombre apareciera, bueno, tendrá un tratamiento equis. Y si la desaparición se convirtiera en certeza de su fallecimiento, tiene un tratamiento zeta. Pero mientras sea desaparecido no puede tener ningún tratamiento especial. Es una incógnita, es un desaparecido. No tiene identidad. No está. Ni muerto ni vivo, está desaparecido” (Pregunta a Videla sobre desaparrecidos 1979). El primer antecedente histórico que se tiene de la desaparición forzada se encuentra en el régimen Nazi, concretamente en el plan de acción llamado “Noche y Niebla. Directivas para la persecución de las infracciones cometidas contra el Reich o las Fuerzas de ocupación en los Territorios Ocupados” (González Villarreal 2012). En él se especificaba que las personas que cometieran acciones contra el Reich y que por alguna razón no pudieran ser enviadas a ser juzgadas por un tribunal especial, deberían ser enviadas a un campo de concentración sin que parientes, amigos y/o conocidos supieran del destino de las personas detenidas. Las personas retenidas bajo estas circunstancias, las cuales no debían tener ningún tipo de contacto con el mundo exterior, serían identificadas por la anotación Nachtund Nebel (NN). Nadie debería saber la suerte que había corrido esta persona. Incluso en caso de muerte, la familia no debería de ser informada (Manjón-Cabeza Olmeda 2012, 12:10).
Así, Noche y Niebla (NN) buscaba eliminar todo rastro de existencia de un ser humano y de todos sus documentos. Este dispositivo buscaba prolongar el control de las personas cercanas a la que desaparecía por medio del daño psicológico, ya que al no haber un cuerpo al cual darle sepultura no era posible cerrar el ciclo de la existencia de la persona desaparecida, de hacer el duelo. La eficacidad de terror de esta técnica contrainsurgente fue corroborada por las potencias occidentales, en particular por la armada francesa, que la retomó y perfeccionó durante las guerras de Indochina (1946-1954) y de Argelia (1954-1962) (Drouin 2012; Robin 2008). A América latina llegó en el contexto de la Guerra Fría y a través de dos mecanismos. Por una parte por la Escuela de las Américas (Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad) en donde desde Panamá, Estados Unidos entrenaba en métodos de represión, tortura, desaparición y asesinato a fuerzas públicas y militares de toda América latina (Robin 2009). Por otra parte y en particular a Argentina, llegó a través de misiones de entrenamiento de los escuadrones de la muerte de la Escuela Francesa (Robin 2008). Sí, escuadrones de la muerte “del país de los derechos humanos”.
Existen casos emblemáticos en el Cono Sur donde la técnica de desaparición forzada se utilizó como parte de las estrategias de contrainsurgencia. Este dispositivo se asocia generalmente con Argentina y Chile durante las dictaduras de la década de 1970, pero algunos archivos que han sido desclasificados recientemente en Estados Unidos señalan que Washington asesoró al ejército de Guatemala para desarrollar esta práctica a partir de 1966, en lo que se llamó la Operación Limpieza (Grandin 2011). Sin embargo, esta técnica de control de la población por el terror no es exclusiva de las dictaduras militares, países como Colombia y México que, oficialmente no eran considerados como dictaduras pues habían elegido a sus gobernantes por medio del voto, también habían recurrido —y lo siguen haciendo— a la utilización de este dispositivo de terror. En México a partir del año 2006 las desapariciones forzadas han aumentado considerablemente como consecuencia de la estrategia de seguridad nacional que el presidente Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012) puso en marcha, la llamada Guerra contra el narcotráfico, la cual ha sido denunciada por diferentes organizaciones de derechos humanos como una estrategia de criminalización de la protesta social (Amnistía Internacional, Mining Watch, Centro Prodh, etc.).
En septiembre del 2014, con la desaparición forzada en manos de agentes del Estado de los tres niveles de gobierno –local, regional y nacional– de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, una escuela de educación popular, salió a la luz pública internacional la grave crisis de derechos humanos por la que atraviesa México, la cual —según las cifras oficiales— en 10 años se han generado más de 250 000 desplazamientos forzados, 100 000 muertes violentas y más de 27 000 personas desaparecidas. En paralelo, durante los últimos años, y como consecuencia de la grave crisis económica y de violencia por la que atraviesan varios países de Centroamérica, el flujo migratorio hacia Estados Unidos se ha intensificado. El paso por México es casi obligado y con él la exposición a todo tipo de violencias [2] incluida la desaparición forzada. El Movimiento Migrante Mesoamericano estima que entre 2006 y 2015 habría en el país entre 70 000 y 120 000 personas migrantes desaparecidas [3], cifra que se aunaría a las 27 000 mencionadas renglones más arriba. Las razones del porqué este grupo de personas en particular desaparece van desde el secuestro, la extorsión, la trata de blancas, el tráfico de órganos o incluso trabajos forzados para el crimen organizado.
Desde los primeros casos de desaparición forzada en el continente y desde Argentina (Madres de la Plaza de Mayo) hasta México (Rosario Ibarra de Piedra del Comité Eureka), pasando por Uruguay (Madres y Familiares de Uruguayos Desaparecidos), Colombia (Madres de la Candelaria), El Salvador (Comadres), etc., una imagen acompaña este dispositivo: las madres buscando a sus hijos. Si bien el sufrimiento por una persona desaparecida no es exclusivo de las madres, sí es la imagen de ellas la que ha acompañado a lo largo del continente y por más de 50 años la búsqueda de las y los desaparecidos. Además han sido sus luchas las que han hecho avanzar las legislaciones y logrado la creación de organismos específicos en torno a las personas desaparecidas. Como por ejemplo, del Banco Nacional de Datos Genéticos en Argentina impulsado por las Abuelas de la Plaza de Mayo, o la Ley de Amnistía en 1978 en México promovida por el Comité Eureka e incluso el reconocimiento al derecho a la verdad.
Para el caso de las y los migrantes centroamericanos que desaparecen en México, desde 2006 cada fin de año llega al país una caravana integrada por mujeres de Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador para buscar a sus hijos con quienes perdieron contacto en su paso por México. Estas caravanas recorren buena parte de las rutas migratorias del país con la esperanza de encontrar algún rastro de su hija o hijo desaparecido. Para poder atravesar el territorio mexicano, estas madres han establecido alianzas a nivel local con organizaciones sensibles a esta problemática, ya sea de ayuda a inmigrantes o de búsqueda de desaparecidos. Esta alianza solidaria además de facilitar la organización logística, disminuye considerablemente los costos y los riesgos a los que estas mujeres se someten, ya que las organizaciones locales suministran la alimentación y el hospedaje. Durante las primeras incursiones, las madres centroamericanas no podían hacerse muy visibles porque su estancia en el país era “irregular”, dormían en parques o iglesias donde pedían asilo de manera improvisada y se alimentaban gracias a lo que obtenían en acciones de boteo. Por lo mismo, sus posibilidades de éxito en esta búsqueda eran ínfimas y se exponían a muchos tipos de violencia como son las violaciones, las extorsiones o el maltrato físico y/o psicológico, entre otros. Las alianzas que han establecido con organizaciones locales, han contribuido de manera significativa a que a lo largo de los años, su búsqueda se haya hecho más visible y mediatizada, al igual que la empatía por su causa. Al punto de que su paso por México lo cubren televisoras nacionales sin interrogarse por su “derecho” a ejercer derechos políticos en el territorio nacional, como lo hacen en casos de participación política de otros actores extranjeros, como fue el caso del arresto y amenaza de expulsión del ciudadano chileno Laurence Maxwell por haber participado en una marcha que reclamaba la aparición con vida de 43 estudiantes víctimas de desaparición forzada en septiembre del 2014 [4].
En este sentido, me gustaría hacer una breve reflexión sobre los derechos políticos que de facto ejercen las madres que integran estas caravanas centroamericanas. En el marco de lo formal-jurídico, éstas no tendrían derecho a ejercer ninguna actividad política en el país ya que el capítulo 3 del artículo 33 de la Constitución Política Mexicana estipula que “los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”. A pesar de este bloqueo jurídico que el Estado mexicano puede aplicar de manera arbitraria, cada año estas madres llegan a México a legitimar el ejercicio de acciones políticas. Las alianzas locales que han establecido, así como el simbolismo que representa la figura de la madre buscando a sus hijos, han logrado que sea socialmente aceptado el ejercicio de facto de derechos políticos en un Estado-nación al que no pertenecen pero que violó sus derechos humanos. Hasta el momento en ninguno de los instrumentos jurídicos internaciones existentes para prevenir y castigar la desaparición forzada se contempla el derecho de las y los deudos de las personas desaparecidas en un país extranjero a ejercer acciones directas en su territorio para hacer valer el derecho a la verdad. Tampoco contemplan su derecho a ejercer derechos políticos en otros países en circunstancias de crímenes de lesa humanidad como es el caso de la desaparición forzada. Y esto a pesar de que muchos de esos instrumentos se han creado gracias al impulso y la denuncia de familiares de desaparecidos, y principalmente de las madres. Estas caravanas nos muestran entonces la necesidad de ampliar los límites de la frontera del derecho, de lo que significa el ejercicio de los derechos políticos, del derecho a ejercer actividades de participación política no convencional sin importar la pertenencia a ese Estado, sobre todo si ese Estado-nación al cual se interpela les debe (nos debe) a alguien: ¡Porque vivos se los llevaron y vivos los queremos!
[1] La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas define la desaparición forzada como: “[El] arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o por grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley” (Asamblea General ONU 2010).
[2] Por ejemplo, la Organización Internacional para las Migraciones de la ONU, estima que cada año ingresan a México de manera “irregular” 150 000 personas (http://oim.org.mx/hechos-y-cifras-2). En 2011 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), calculaba que para ese momento, se presentaban 20 000 secuestros de migrantes centroamericanos por semestre: CNDH (2011) Informe especial sobre secuestro de migrantes en México, 22 de febrero del 2011.
[3] Comunicado de prensa (Cencos): Caravana de madres mesoamericanas, 8 de diciembre del 2015. En Movimiento Migrante Mesoamericano: https://movimientomigrantemesoamericano.org/2015/12/08/comunicado-de-prensacencos-caravana-de-madres-centroamericanas/ (Consultado el 8 de septiembre del 2016).
[4] Coria E. y A. Martínez (2014) “Sobre la intromisión política de extranjeros en México” En Animal político. 1 de diciembre del 2014: http://www.animalpolitico.com/blogueros-blog-invitado/2014/12/01/sobre-la-intromision-politica-de-extranjeros-en-mexico/ (Consultado el 8 de septiembre del 2016).
Bibliografía
Asamblea General. 2010. « Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas ». Organización de las Naciones Unidas. http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ConventionCED.aspx.
Drouin, Marc. 2012. « La guerre contre-insurrectionnelle guatémaltèque. Sa généalogie, le déni des responsables et les sources historiques ». Montréal: Université de Montréal.
González Villarreal, Roberto. 2012. Historia de la desaparición. Nacimiento de una tecnología represiva. México: Terracota.
Grandin, Greg. 2011. The Last Colonial Massacre: Latin America in the Cold War, Updated Edition. 2 edition. Chicago ; London: University Of Chicago Press.
Manjón-Cabeza Olmeda, Araceli. 2012. « 2012: Las posibilidades legales de la memoria histórica ». Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología 14 (12): 12:1-12:42.
Pregunta a Videla sobre desaparrecidos. 1979. https://www.youtube.com/watch?v=3AlUCjKOjuc.
Robin, Marie-Monique. 2008. Escadrons de la mort, l’école française. Arte-France.
———. 2009. Torture made in USA.
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